Estaban obligados los jueces a no recibir dádivas ni cohechos, ni cosa que oliese a presente y regalo. Porque el que en algo de esto era comprendido, moría por ello sin remisión, no habiendo se ser aceptadores de personas sino que igualmente habían de partir la justicia, dando a cada uno la parte de ella que le venía, según su recta distribución, que es condición necesaria y una de las partes en que se divide, según en este mismo libro.
Si se hallaba que algún juez recibía presentes o dádivas y por esta razón que se inclinaba más a la parte que te tenía cohechado que a la otra que tenía justicia, o si por ventura cometía otro cualquier defecto, o si se emborrachaba los jueces le reprendían entre sí de una hasta tres veces con desabrimiento y aspereza. Y si a la tercera monición no se enmendaba, le trasquilaban el cabello( castigo muy grave entre ellos) y con grande ignominia y confusión le privaban del oficio.
En confirmación de lo dicho, se dice del rey Nezahualpilli que como uno de sus jueces favoreciese contra justicia a un señor contra un pobre plebeyo y labrador en cierto pleito que entre sí trataban, sentenciado por el principal y señor y condenando al labrador por pobre, que hizo nueva averiguación, y hallando ser la justicia del pobre y no del rico, no sólo le privó del oficio al juez, pero le mandó ahorcar. Y así se hizo y dio sentencia por el pobre y le metió en posesión de sus bienes. Pag. 107, Fray Juan de Torquemada.
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